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la trata de personas, un problema aún visible

Trata de personas, consumo, dominio y deshumanización.

07/11/2018
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Uno de los problemas sociales más invisibles en la actualidad es la violación de los derechos humanos en numerosos países del mundo. Países de origen, transito y destino para la trata de personas como España se organizan para su abordaje.  Desde el Gobierno se ha elaborado el Plan Integral de lucha contra la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual (2015-2018), en el que se plantean las bases de la intervención y lucha contra esta problemática.

La trata de personas: Un negocio lucrativo

La explotación de seres humanos funciona como un negocio criminal altamente lucrativo en Europa. Cuando nos referimos a la trata de personas, pensamos en la explotación sexual de mujeres y niñas captadas en sus países de origen para ser prostituidas. Pero este aspecto solo es uno de los vértices de la problemática.

El informe de 2016 elaborado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito manifiesta que del total de víctimas de trata de seres humanos aproximadamente un tercio, a nivel mundial, son menores. Además incluye que el 71% de las víctimas de esta problemática son específicamente mujeres y niñas.

La trata de personas está considerada como una grave violación de los derechos humanos. ¿Cuáles son los fines de la trata? ¿Quién puede ser víctima de esta problemática? ¿Qué iniciativas hay contra este problema social?

Conceptualización del término: La trata de seres humanos y los diferentes fines para los que se utiliza

Desde las Naciones Unidas  se consideró necesaria la celebración de La Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Uno de las medidas adoptadas fue el Protocolo de Palermo (2000) donde se define la trata de personas como:

La captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una personas que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. (p.2)

El Protocolo de Palermo se encarga de establecer unos criterios comunes para que los países involucrados generen normativas. Para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, poniendo especial atención en mujeres y menores.

Distintos fines de la trata de seres humanos como negocio

Esta problemática se centra en la compra y venta de seres humanos y está considerada la máxima expresión de una nueva forma de esclavitud. Las personas afectadas se encuentran sujetas a la autoridad de los tratantes eliminando su libertad de autodeterminación. Además del objetivo de explotación sexual la trata de personas persigue otros fines que son:

La trata con fines de comercio sexual en donde se enmarcan los delitos de explotación de la prostitución ajena, pornografía, turismo sexual y espectáculos sexuales.

La trata con fines sexuales no comerciales en donde se incluirían diferentes tipos de matrimonios como forma de transacción. Prácticas como el matrimonio precoz, matrimonio forzoso o servil, matrimonio arreglado, matrimonio como indemnización, matrimonio temporal, matrimonio para fines de procreación.

Otro de los ámbitos sería la trata con fines de explotación laboral donde se incluyen el servicio doméstico, trabajo en fábricas, trabajos agrícolas o de construcción en condiciones precarias o el reclutamiento obligado en las fuerzas armadas.

Existen también otras formas de explotación como el tráfico de órganos, uso de la personas y menores con fines de mendicidad o delictivo.

El  prostituyente y la víctima, dos caras de una misma moneda

Uno de los motivos por lo que se produce la trata de personas son las violaciones de los derechos humanos por razones de género. Como podemos ver en La Trata de Personas, otra forma de Violencia de Género, tipos de violencia y discriminación contra las mujeres y niñas como la violencia de género, fomentan e intensifican un estado de discriminación manifiesta, que en ocasiones, puede favorecer y colaborar en el proceso de trata.

La trata con fines de explotación sexual se basa en abastecer al mercado de la prostitución de mujeres y niñas. Según Fontenla (2008): “La prostitución aúna en una sola interacción dos formas de poder social (el sexo y el dinero): en ambas esferas (la sexualidad y la economía) el hombres ostenta sobre la mujer un gran poder de forma sistémica” (p.155).

En la actualidad una nueva percepción se está haciendo patente. Desde las políticas públicas, la figura del demandante de prostitución empieza a cobrar especial protagonismo. La aceptación de la figura del hombre consumidor de prostitución contribuye a que no se tomen medidas legales contra él. Se normaliza  el consumo y a la persona consumidora lo que convierte a la víctima en culpable. Esto dificulta su salida del proceso de explotación y se protege al consumidor y su  su privilegio de explotación. Por lo que el negocio de tráfico de seres humanos continúa en funcionamiento y proporcionando beneficios.

Hagamos visible la trata

España se encuentra entre los principales destinos de la trata de personas, siendo explotación sexual la práctica predominante. Desde el Gobierno  se están llevando a cabo numerosas campañas como Contra la Trata de Mujeres. No Inviertas en Sufrimiento, toda colaboración es poca, ¡DENUNCIA LA TRATA!.


  • Asociación para la Prevención, Reinserción y Atención a la Mujer Prostituida. (2011). La trata con fines de explotación sexual.
  • de Palermo, P. Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Recuperado el 25 de Agosto de 2016, de Naciones Unidas. Derechos Humanos. Oficina del Alto Comisionado.
  • Fontenla, M. (2008). La prostitución, la trata de mujeres y niñas, y la ley: ¿derechos de las humanas o seguridad del estado?. Mora (Buenos Aires), 14(2), 152-155.

Categorizado en: Educación y Sociedad

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